FORMATO RECURSO DE QUEJA EN MATERIA LABORAL POR OMISION DE REMITIR LA DEMANDA DE AMPARO POR PARTE DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE




                        ASUNTO: RECURSO DE QUEJA por omisión de la remisión del escrito de garantias junto con el expediente laboral por tratarse de actuaciones concluidas.
                                              
                   RECURRENTE: ______________

ANTECEDENTE: Exp. Laboral ______________

Autoridad responsable: Junta especial número 5 de la LOCAL de conciliación y Arbitraje del valle Cuautitlán Texcoco con residencia en el municipio de Ecatepec de Morelos Estado de México.



H. TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO DISTRITO  
EN TURNO EN EL ESTADO DE MEXICO.


            _______________, en mi carácter de recurrente en el presente recurso de queja y autorizando en términos del artículo 12 de la Ley de amparo, a los licenciados ________________________, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, los estrados del H. TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO EN TURNO, con el debido respeto, comparezco para exponer:

            Que por medio del presente escrito, y con fundamento en el ARTICULO 98 FRACCION SEGUNDO de la Ley de vengo a promover el  RECURSO DE QUEJA  en virtud de que la autoridad señalada como responsable ha omitido dar trámite a la demanda de garantías que presente desde el día 19 de febrero del 2019, demanda de garantías que la responsable ha omitido dar trámite en términos de ley, por lo que se acude a la presente via, lo anterior de acuerdo a los siguientes:

A G R A V I O S


UNICO.- En esencia la responsable Junta Especial número 5 de LA LOCAL de Conciliación y Arbitraje del valle cuautitlan Texcoco en el Estado de Mexico con residencia en Ecatepec de morelos, ha omitido dar trámite a la demanda de garantías que fue promovida por mi parte en el juicio laboral al rubro citado desde el dia  19 de febrero del 2019, y para tal efecto se acompaña una copia simple del acuse de dicho escrito, en este sentido la responsable infringe  lo dispuesto por los  artículos 97 fracción segunda inciso a) y 178 de la ley de amparo que a la letra dispone:


Artículo 97. El recurso de queja procede:

II. Amparo directo, tratándose de la autoridad responsable, en los siguientes casos:

a)   Cuando omita tramitar la demanda de amparo o lo haga indebidamente


Artículo 178. Dentro del plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de presentación de la demanda, la autoridad responsable que emitió el acto reclamado deberá:
I. Certificar al pie de la demanda, la fecha de notificación al quejoso de la resolución reclamada, la de su presentación y los días inhábiles que mediaron entre ambas fechas.
Si no consta en autos la fecha de notificación, la autoridad responsable dará cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, sin perjuicio de que dentro de las veinticuatro horas siguientes a la en que obre en su poder la constancia de notificación respectiva proporcione la información correspondiente al órgano jurisdiccional competente;
II. Correr traslado al tercero interesado, en el último domicilio que haya designado para oír notificaciones en los autos del juicio de origen o en el que señale el quejoso; y
III. Rendir el informe con justificación acompañando la demanda de amparo, los autos del juicio de origen con sus anexos y la constancia de traslado a las partes. Deberá dejar copia certificada de las actuaciones que estime necesarias para la ejecución de la resolución reclamada o para proveer respecto de la suspensión.




            Por lo que se acude a la presente via en mi carácter recurrente en la presente queja.


Por lo antes expuesto a este H. Tribunal atentamente pido se sirva:

PRIMERO: Tenerme por presentado por las razones antes expuestas.

SEGUNDO: En su oportunidad declarar fundado el presente recurso y requerir a la responsable remita la demanda de garantias.

                                               BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD

                                               12 de marzo del 2019

             


        

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