En octubre
de 2023, una persona física presentó una queja tras acudir a las oficinas del
Servicio de Administración Tributaria (SAT) para solicitar la actualización de
sus datos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la cancelación de su
clave de inscripción previa.
La solicitud surgió debido al cambio de
nombre y reconocimiento de identidad de género como persona no
binaria, reflejados en una nueva acta de nacimiento y en su Clave Única de
Registro de Población (CURP) actualizada.
Este caso fue plasmado en un criterio
de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), según
reporta Fiscalia.
Problemática
La persona contribuyente manifestó que,
tras presentar la documentación requerida, fue informada de que su trámite
sería resuelto en breve, sin tener certeza de ello. Esta la llevó a acudir a la
Prodecon para que la autoridad fiscal indicara el estado de su solicitud y, de
ser procedente, actualizar sus datos en el RFC y cancelar la clave
anterior, conforme a su nuevo nombre y género.
Consideraciones y
marco legal
Durante 2023, la Prodecon identificó un
problema recurrente en casos de personas que actualizaron su CURP y datos de
identidad por reasignación sexogenérica, y solicitaron la cancelación y emisión
de una nueva clave en el RFC. Las autoridades fiscales rechazaron estas
solicitudes por no estar contempladas en la Regla 2.5.4 ni en
la 2.5.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023.
La Prodecon argumentó que el
procedimiento de actualización de datos no debe convertirse en un espacio de
validación externa de la identidad de género de las personas. En su lugar, las
autoridades deben facilitar estos trámites sin juicios de valor sobre la
percepción de la identidad de género. Esta postura se fundamenta en los
derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y en tratados internacionales.
Explicó que el Artículo 1 de la
Constitución prohíbe la discriminación, incluyendo las razones de sexo o
preferencias sexuales. Mientras que el Artículo 4 garantiza el derecho a la
identidad. También la Convención Americana sobre Derechos Humanos protege el
derecho a la libertad, la dignidad, la vida privada, y la igualdad ante la ley.
Los ‘Principios de Yogyakarta’ también subrayan el derecho al reconocimiento de
la personalidad jurídica y la privacidad en relación con la orientación sexual
e identidad de género.
Acciones y resoluciones
Ademas, señaló que el Artículo 27 del
Código Fiscal de la Federación (CFF) prevé la inscripción y actualización en el
RFC basada en la información proporcionada por la persona contribuyente.
Durante el ejercicio fiscal 2024, se añadió un supuesto a la Regla 2.5.4 de la
Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, permitiendo la modificación de la
clave en el RFC cuando los contribuyentes hayan obtenido una modificación en su
CURP. También se incluyó una nueva ficha de trámite 250/CFF en el Anexo 1-A de la RMF para 2024,
aplicable a quienes hayan obtenido una modificación en su CURP.
Las autoridades fiscales implementaron
gestiones tecnológicas para que el aplicativo del RFC reconociera el valor ‘X’
en la estructura de la CURP, correspondiente a ‘No Binario’. Esto permitió
atender la solicitud de la persona contribuyente con base en el derecho al
libre desarrollo de la personalidad, la identidad sexual y de género, y el
principio pro-persona, que favorece la interpretación más favorable al contribuyente.
Criterio de la
Prodecon
Fiscalia indicó que la
adición a la Regla 2.5.4 de la RMF para 2024 y la ficha de trámite 250/CFF
representan medidas adoptadas en observancia de los derechos humanos al libre
desarrollo de la personalidad, la identidad de género, la igualdad y la no
discriminación. Estas disposiciones permiten a las autoridades fiscales
resolver solicitudes de actualización de datos en el RFC y modificación de la
clave de inscripción, conforme a los trámites previos realizados para el cambio
de nombre e identidad de género.
El criterio fue codificado como el
criterio sustantivo de la Subprocuraduría de Protección de los Derechos de los
Contribuyentes: 01/2024/CTN/CS-SPDC – Modificación al RFC. Es legal que las
autoridades fiscales resuelvan la solicitud presentada por una persona física
durante el ejercicio 2023, para actualizar sus datos en el RFC y modificar su
clave de inscripción, acorde con los trámites previos que realizó para el
cambio de nombre y reconocimiento de identidad de género, aplicando en su
beneficio la normatividad vigente para 2024, sin que se transgreda el contenido
del Artículo 14, párrafo primero constitucional que prohíbe dar efectos
retroactivos a una norma cuando se realice en perjuicio de la persona.
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