IBARRA SUAREZ SILVIA VIOLETA
VS
SANCHEZ
PINO OLIVER
CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR
EXP:
1168/1997
INCIDENTE DE CANCELACIÓN
DE PENSIÓN ALIMENTICIA
C.
JUEZ VIGESIMO PRIMERO DE LO FAMILIAR, EN LA CIUDAD DE MEXICO. P R E S E N T E:
OLIVER
SANCHEZ PINO, promoviendo por mi propio
derecho, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, con domicilio
para oír y recibir todo tipo de notificaciones en CALLE DE BOLIVIANOS
NO. 7, COL. MARÍA GUADALUPE DE
GARCÍA RUIZ, ALCALDÍA ÁLVARO OBREGÓN, C.P. 01160 DE LA CIUDAD DE MÉXICO, autorizando para tales efectos a la Lic. ROSARIO TIZAPAN BARRIOS, autorizada en términos del artículo 112, cuarto párrafo del Código
de Procedimientos Civiles, comparezco ante Usted, con el debido respeto, para
expresar:
Que, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 311 y
320 fracciones I y II del Código Civil, en concordancia con lo que disponen los
artículos 88, 940, 941 y demás relativos y aplicables del Código de
Procedimientos Civiles para el esta Ciudad, vengo a demandar en la Vía
Incidental, a la C. INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, quien tiene su domicilio ubicado en AV. PASEO DE LA REFORMA 25, COL. SAN JUAN TEHUIXTITLAN, C.P. 56980,
ATLAUTLA ESTADO DE
MEXICO, domicilio donde puede ser emplazada del presente incidente, para
lo cual solicito se gire atento exhorto al C. Juez de lo Familiar competente en
aquella Jurisdicción para que en auxilio de las labores de este Juzgado se
sirva emplazar a la aquí demandada incidental, al tenor de las siguientes:
PRESTACIONES:
A)La cancelación total del 20% de mis prestaciones
ordinarias y extraordinarias que, por concepto de Pensión
Alimenticia, a que fui condenado en Sentencia Definitiva de fecha
__________________________,
a cargo del suscrito y a favor de la C. INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, por los motivos que se precisaran en el capítulo de hechos de
esta demanda incidental.
B)Consecuencia de lo anterior, solicito se gire oficio de
cancelación al
REPRESENTANTE LEGAL, del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DE
LA CIUDAD DE MÉXICO, Institución donde presta sus
servicios el suscrito, con la finalidad de que proceda a la cancelación
definitiva de la pensión a que hago referencia y se deje sin efecto el
descuento de Pensión Alimenticia, que se hace sobre la percepciones ordinarias
y extraordinarias del salario que devengo.
C)El pago de gastos y costas que se originen con motivo del presente
incidente.
Fundo la
presente demanda incidental en los siguientes hechos y consideraciones de orden
legal:
H E C H O S
1. Como
se acredita de autos principales, fui demandado en la vía de controversia
familiar por la señora IBARRA SUAREZ SILVIA VIOLETA, una
pensión alimenticia para mi hija INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, en el cual se me obliga a cubrir por concepto de tal
pensión el 20% mensual del total de mis percepciones ordinarias y
extraordinarias, obtenidas en mi centro de trabajo.
2. Mediante
sentencia dictada por este H. Tribunal Superior de Justicia en el Juicio que se
señala al rubro, por este H. Juzgado condenó al suscrito a proporcionar a mi
hija de nombre INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, una
pensión alimenticia equivalente al 20% del salario que percibo como empleado al
servicio del Gobierno del Distrito Federal y del auto que la declara ejecutoriada.
3. En el
mes de julio de 2019, mi hija INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA,
terminó sus estudios de Licenciatura como Médico Cirujano Partero, en el
Instituto Politécnico Nacional lo que se acredita con la Cedula
Profesional No. 11698808, la cual adjunto en copia.
4. Es mi
deseo hacer de su conocimiento a su señoría que desde hace 20 años he
sustentado de manera independiente el vínculo fraternal entre mi hija y un
servidor, sin desentenderme y brindando el apoyo en lo que pude apoyar en su educación.
5. Así
mismo mediante este escrito deseo manifestar a Su
Señoría la voluntad expresa de un servidor de dar por terminada la obligación
alimentaria que me fue impuesta por este tribunal superior y en virtud de que
actualmente tengo 62 años de edad, y mi hija INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, actualmente ya cuenta con los medios propios para sustentar
sus necesidades económicas, por tanto mi obligación de proporcionarle
alimentos ya no tiene razón de ser,
anexo al presente exhibo Actas de Nacimiento, CURP de mi hija y de su
servidor, actualizándose para dichos efectos el artículo 4.144 fracción II del
Código Civil.
Ofreciendo
de mi parte las siguientes:
P R U E B A S:
A. LA
CONFESIONAL. - A cargo de la C. INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, en
forma personal y no por conducto de apoderado o representante legal alguno, al
tenor del pliego de posiciones que en su momento procesal oportuno exhibiré,
solicitando su citación por los conductos y con los apercibimientos de carácter
legal. Esta prueba se relaciona con los hechos marcados con los números 1, 2,
3, 4 y 5 de la presente demanda incidental.
B. LA
DOCUMENTAL PÚBLICA. - Consiente en todo lo actuado en el Juicio
Principal de Controversia del Orden Familiar de Pensión Alimenticia, radicado
ante este H. Juzgado, bajo el Expediente Número 1168/1997, cuyo rubro se
identifica como IBARRA SUAREZ SILVIA VIOLETA en
contra del suscrito SANCHEZ PINO OLIVER. Esta
prueba se relaciona con los hechos marcados con los números 1, 2, 3, 4 y 5 de
la presente demanda incidental.
C. LA
DOCUMENTAL PÚBLICA. - Consiente en Copia Certificada del Acta de
Nacimiento, así como de la CURP de la C. INGRID PATRICIA OLIVER IBARRA, con la
cual se acredita la edad con la que cuenta mi aun acreedora alimentaria. Esta
prueba se relaciona con los hechos marcados con los números 1, 2, 3, 4 y 5 de
la presente demanda incidental.
D. LA
DOCUMENTAL PÚBLICA. - Consiente en copia de la Cedula Profesional
No. 11698808 a nombre de la C. INGRID PATRICIA
OLIVER
IBARRA la cual la acredita como Médico Cirujano Partero, y con la
finalidad de perfeccionar la prueba, solicito se gire atento oficio a la
Dirección General de Profesiones, con la finalidad de que informe a su señoría,
si el número de Cedula Profesional corresponde a mi hija INGRID
PATRICIA OLIVER IBARRA. Esta prueba se relaciona con los hechos
marcados con los números 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente demanda incidental.
E.
LA DOCUMENTAL PÚBLICA. -
Consiente en Copia Certificada del
Acta de Nacimiento, así como
de la CURP del suscrito SANCHEZ PINO OLIVER, con la cual se acredita la
edad avanzada con la que cuenta mi aun acreedora alimentaria. Esta prueba se
relaciona con los hechos marcados con los números 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente
demanda incidental.
F. LA
PRESUNCIONAL en su doble aspecto, LEGAL Y
HUMANA, así como, LA DE ACTUACIONES JUDICIALES, en
todo lo que favorezca a los intereses del suscrito.
D E R E C H O:
Por
cuanto al fondo del presente incidente es regulado por los artículos 4.126,
4.144 fracción II y demás relativos y aplicables del Código Civil.
El procedimiento es regido por
lo dispuesto en los artículos
1.216, 1.217, 1.218, 1.219,
2.124, 2.135, 2.138, 2.140 y demás relativos y aplicables del Código de
Procedimientos Civiles.
Por lo
antes expuesto,
A USTED C. JUEZ,
atentamente pido se sirva:
PRIMERO. - Tenerme
por presentado en los términos del presente escrito, interponiendo INCIDENTE DE
CANCELACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA, sirviéndose admitirlo.
SEGUNDO. - Tener por autorizados a
los profesionistas señalados para los efectos indicados.
TERCERO. - Tener por ofrecidas y
relacionadas las pruebas que se indican, admitiendo las mismas por no se
contrarias a la moral, al derecho, ni a las buenas costumbres.
CUARTO. - Previos los tramites de
ley resolver en forma favorable a los intereses del suscrito, declarando la
cancelación de la pensión alimenticia.
PROTESTO LO NECESARIO
________________________
SANCHEZ PINO OLIVER
Ciudad de Mexico, a 10 de octubre de 2022.
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