REDUCCION DE JORNADA DE TRABAJO Y SALARIO ANTE CORONAVIRUS ILEGAL


Ante la pandemia del coronavirus, muchas empresas están tratando de convencer a sus trabajadores de que acepten una reducción de la jornada de trabajo y por supuesto también de su salario, lo cual es ilegal, incluso aunque el trabajador hubiese firmado de conformidad algún convenio donde se estipule tal cuestión, no surte efecto pacto alguno cuando se está ante un detrimento de las condiciones de trabajo para el trabajador, si el patrón no demuestra ante las autoridades laborales encontrarse en ese supuesto, incluso es una causal de rescisión de trabajo a favor del trabajador, quien puede demandar a su patrón por haberle reducido su salario, asi lo dispone el articulo 51 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo:

Artículo 51.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador
IV. Reducir el patrón el salario del trabajador

No obstante, se aconseja no firmar nada que tenga que ver con una reducción de salario.

Solamente cuando se trate de conflictos colectivos de naturaleza económica cuyo planteamiento tiene por objeto la modificación o implantación de nuevas condiciones de trabajo, o bien, la suspensión o terminación de las relaciones colectivas de trabajo se podría dar la reducción de salarios, y eso acontece cuando mediante un conflicto colectivo de naturaleza económica que es planteado ante las autoridades laborales por los sindicatos de trabajadores titulares de los contratos colectivos de trabajo, por la mayoría de los trabajadores de una empresa o establecimiento,  o por el patrón o patronos, en estos casos de ser procedente mediante demanda por escrito, la Junta de conciliación y arbitraje, a fin de conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre los trabajadores y patrones, en su resolución podrá aumentar o disminuir el personal, la jornada, la semana de trabajo, los salarios y, en general, modificar las condiciones de trabajo de la empresa o establecimiento, sin que en ningún caso pueda reducir los derechos mínimos consignados en las leyes.

Por tal motivo, se recomienda no firmar ningún convenio que estipule reducción de jornada CON DISMINUCIÓN DE SALARIO, de lo contrario puede optar por solicitar su liquidación o de considerarlo necesario puede demandar ante las autoridades laborales lo que su abogado le recomiende.

NOTA: Antes de firmar algo siempre pregunte a su abogado de confianza.

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