Ante la pandemia del
coronavirus, muchas empresas están tratando de convencer a sus trabajadores de
que acepten una reducción de la jornada de trabajo y por supuesto también de su
salario, lo cual es ilegal, incluso aunque el trabajador hubiese firmado de
conformidad algún convenio donde se estipule tal cuestión, no surte efecto
pacto alguno cuando se está ante un detrimento de las condiciones de trabajo
para el trabajador, si el patrón no demuestra ante las autoridades laborales
encontrarse en ese supuesto, incluso es una causal de rescisión de trabajo a
favor del trabajador, quien puede demandar a su patrón por haberle reducido su
salario, asi lo dispone el articulo 51 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo:
Artículo
51.- Son causas de rescisión de
la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador
IV.
Reducir el patrón el salario del trabajador
No obstante, se aconseja no firmar nada
que tenga que ver con una reducción de salario.
Solamente cuando
se trate de conflictos colectivos de naturaleza económica cuyo
planteamiento tiene por objeto la modificación o implantación de nuevas
condiciones de trabajo, o bien, la suspensión o terminación de las relaciones
colectivas de trabajo se podría dar la reducción de salarios, y eso acontece
cuando mediante un conflicto colectivo de naturaleza económica que es
planteado ante las autoridades laborales por los sindicatos de trabajadores
titulares de los contratos colectivos de trabajo, por la mayoría de los trabajadores
de una empresa o establecimiento, o por
el patrón o patronos, en estos casos de ser procedente mediante demanda por
escrito, la Junta de conciliación y arbitraje, a fin de conseguir el equilibrio
y la justicia social en las relaciones entre los trabajadores y patrones, en su
resolución podrá aumentar
o disminuir el personal, la jornada, la semana de trabajo, los salarios y, en
general, modificar las condiciones de trabajo de la empresa o establecimiento,
sin que en ningún caso pueda reducir los derechos mínimos consignados en las
leyes.
Por tal motivo, se recomienda no firmar ningún convenio que estipule
reducción de jornada CON DISMINUCIÓN DE SALARIO, de lo contrario puede optar
por solicitar su liquidación o de considerarlo necesario puede demandar ante
las autoridades laborales lo que su abogado le recomiende.
NOTA: Antes de firmar algo
siempre pregunte a su abogado de confianza.
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