MODELO ESCRITO PROMOCION SOLICITANDO SE NOTIFIQUE AL DEMANDADO POR CEDULA EN JUICIO FAMILIAR O CIVIL


                                               EXP.

                                               …………………
                                                         VS
                                               …………………..

C. JUEZ DECIMO NOVENO DE LO FAMILIAR EN LA CIUDAD DE MEXICO
PRESENTE.                                                                                                          
_________con la personalidad que tengo debidamente reconocida y acreditada en autos al rubro antes citado, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
 Que por medio del presente escrito y vista la razón del C. Actuario de fecha ______ , vengo a solicitar se notifique de nueva cuenta en el domicilio señalado por la parte demandada y señalado en su escrito de contestación a la demanda ubicado en _____, y en caso de no ser atendido el C. Actuario, y habiéndose constituido con anterioridad siendo esta ya la segunda ocasión, se solita que en términos del artículo 113 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y en relación al Manual de procedimientos de los juzgados de lo familiar con respecto al procedimiento de emisión de oficios, exhortos y cédulas de notificación, proceda el fedatario a notificar por medio de cédula que deberá fijar en la puerta del domicilio en que actúe, teniendo apoyo por analogía el siguiente precedente:
Tesis: VIII.2o.3 C
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Novena Época
205354        2 de 2
Tribunales Colegiados de Circuito
Tomo I, Abril de 1995
Pag. 171
Tesis Aislada(Civil)

NOTIFICACION POR CEDULA FIJADA EN UN LUGAR VISIBLE DEL JUZGADO. PROCEDE REALIZARLA CUANDO EN EL DOMICILIO CONVENCIONAL SEÑALADO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES NO SE LOCALICE AL INTERESADO NI SE LE CONOZCA EN EL MISMO (LEGISLACION CIVIL DEL ESTADO DE DURANGO).

Conforme lo disponen los artículos 112 y 113 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango, todos los litigantes en el primer escrito o en la primera diligencia judicial, deben designar casa ubicada en el lugar del juicio para que se les hagan las notificaciones, pero cuando no cumplan con lo prevenido, las notificaciones, aun las que deban hacerse personalmente, se harán por cédula fijada en un lugar visible del juzgado y que entretanto no hicieren una nueva designación, seguirán haciéndoseles en el que para ello hubieren designado, previniéndose expresamente que de no existir dicho domicilio o negativa de recibirlos en el señalado, les surtirán efectos también por medio de cédula fijada en un lugar visible del local del juzgado. Ahora bien, en el caso de que en el lugar designado según constancia del actuario, no se localice ni se conozca en él al litigante, debe equipararse ello a la negativa de señalar domicilio convencional, o a la inexistencia del domicilio proporcionado o bien a la negativa de recibir la notificación  en el domicilio señalado, casos previstos en los artículos 112 y 113 invocados, en donde se establece que procede la notificación por cédula fijada en un lugar visible del juzgado, atendiendo al principio de lógica y hermenéutica jurídica que reza: "donde existe la misma razón de la ley, debe existir la misma disposición", porque en este caso al igual que en aquéllos, existe la misma imposibilidad para efectuar en sus términos la notificación personal por una irregularidad que es imputable al propio litigante y que no la puede invocar en su favor, debiendo soportar las consecuencias del procedimiento derivadas de esa situación y, en consecuencia, la notificación realizada de la manera indicada, ante la imposibilidad de hacerse en forma personal, por causas imputables al propio interesado, debe tenerse por legal y eficaz, surtiendo plenamente sus efectos.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Amparo en revisión 4/95. Enrique García Méndez. 16 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Novales Castro. Secretario: José Elías Gallegos Benítez.

Por lo anteriormente expuesto;
A USTED C. JUEZ, pido se sirva:
Unico: Tenerme por presentado con la personalidad que ostento acordando de conformidad lo anteriormente solicitado.
                                                           PROTESTO LO NECESARIO

                                                           11 DE MARZO DEL 2020

No hay comentarios:

Publicar un comentario

En que sentido pueden ser afectos los trabajadores del poder judicial con las reformas al poder judicial

  Las reformas al Poder Judicial en México pueden tener varios efectos sobre los trabajadores de dicho poder, que incluyen jueces, magistrad...