Cuando te despiden de tu
trabajo injustificadamente sin que te den un solo centavo de liquidación,
generalmente vas a empezar a preguntar a tus conocidos si conocen a un abogado,
y algunos tendrán algún contacto o tal vez no, e incluso te recomienden acudir
a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para que te asesoren e incluso para
que ellos mismos (no cobran porque dependen del gobierno) te representen en un
posible juicio.
La pregunta es, ¿vale la
pena entablar a un juicio laboral?
Y la respuesta es que
depende de varios factores a considerar y aquí te pongo algunos ejemplos:
Supongamos que tienes un
año laborando y por alguna razón tu patrón ya no quiere tenerte en la empresa y
te dice que a partir de mañana ya no va a contar con tus servicios y te propone
un pago para que firmes tu renuncia.
Aquí pueden aparecer
varios supuestos:
1.- Que te
ofrezcan el 100% de tu liquidación (poco probable)
2.- Que te
ofrezcan del 60, al 90% de tu liquidación (poco probable).
3.- Que te
ofrezcan el 50% de tu liquidación (muy probable)
4.- Que te
ofrezcan menos del 50% de tu liquidación (90% probable)
5.- Que no
te ofrezcan absolutamente nada (es raro, pero si pasa).
En el supuesto número 1,
te diría que sin pensarlo tomes el dinero y a seguir buscando trabajo, o como
dicen ahora a emprender tu propio negocio si así lo deseas.
En el supuesto número 2 y
3 también te diría que lo tomes, ¿Por qué?, es simple cuestión matemática, ese
dinero te lo quedas tú, no tienes que compartirlo con tu abogado si decides
contratar uno particular, el cual evidentemente te cobrara un % de acuerdo al
monto que te paguen en el juicio, que puede variar entre el 30 y 45%, así que
no le veo objeto presentar una demanda para que te ofrezcan los porcentajes que
mencionamos en los numerales 2 y 3 y que aceptes la misma si tienes que pagar
abogado también, lo cual te llevaría a una pérdida económica por obvias
razones.
Ahora bien, en los
supuestos 4 y 5, la cosa cambia radicalmente, porque prácticamente te quedas
sin opciones, ya que no vale la pena aceptar una propuesta por debajo del 50%
de la liquidación y debería ser inevitable en el caso del punto 5 una demanda
de tu parte.
Las opciones que tienes cuando
te encuentras dentro del los supuestos de lo numerales 4 y 5 son:
Acudir a la PROFEDET (PROCURADURIA
DE LA DEFENSA DEL TRABAJO) quienes una vez que les comentes la situación de tu
despido, te darán un citatorio que deberás entregar en las oficinas de la
empresa donde trabajaste para que se presente tu patrón o su representante
legal ante dicha Procuraduría para tratar de conciliar el asunto, nunca he
estado de acuerdo que la PROFEDET entregue ese citatorio por conducto del mismo
trabajador que esta solicitando el apoyo de la dependencia en lugar de hacerlo
con personal propio, pero tal parece que no tienen personal para realizar ese
tipo de notificaciones, por lo que siempre lo hacen por conducto del mismo
trabajador.
Una vez llegada la cita,
lo común es que acuda un representante de la empresa que generalmente es un
abogado, quien una vez que escucha la propuesta económica por parte de la
PROFEDET solicita una nueva cita, ya se para hacer una contrapropuesta o
aceptando la que hizo previamente la PROFEDET.
Y que tipo de propuestas económicas
hace la PROFEDET, pues esto es muy variable, hay procuradores que platican con
el trabajador y los convencen de que la mejor opción es pedir el 50% de la
liquidación total (45 días de sueldo mas prestaciones), y otros piden un 80% de
la liquidación e incluso hasta el 100% si el trabajador no esta de acuerdo con
ninguna otra propuesta.
A este respecto, creo yo
que la posición que debes tomar, seria considerando las propuestas económicas 1,
2 y 3, si el patrón por conducto de su abogado te propone algo similar acéptalo,
la PROFEDET procederá a levantar un convenio de terminación de la relación de
trabajo que tiene el mismo valor que tiene si se hubiera realizado ante las
Juntas de conciliación y Arbitraje. Pero si en la plática conciliatoria resulta
que te encuentras situado en los numerales 4 y 5, es preferible entablar la
demanda laboral, para la cual el procurador que te indiquen, te tomara todos
los datos necesarios para formular la demanda, y ya durante el juicio esperar
que el patrón cambie su postura y te ofrezca alguna cantidad de las previstas
en los numerales 1, 2 y 3.
Mucha suerte.
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