Las
personas particulares tienen un plazo máximo de 180 días naturales desde el 6
de agosto de 2024, para habilitar el Buzón IMSS
El 5 de julio de 2024, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó
el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR.
Se trata de un acuerdo por el que se aprobaron los Lineamientos de carácter
general para la operación del Buzón IMSS, contenidos en el Anexo Único, así
como la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el
Buzón IMSS.
Parte del contenido del acuerdo es el siguiente:
Disposiciones generales
Cada
persona tendrá un Buzón IMSS asignado para realizar trámites y recibir comunicaciones
oficiales del IMSS, según lo establece la Ley del Seguro Social. Las acciones
realizadas a través del Buzón deben firmarse con e.firma, cuya seguridad es
responsabilidad del usuario.
El IMSS es responsable de habilitar y mantener disponibles los trámites en el
sistema, los cuales se publican y actualizan periódicamente. Además, el IMSS
proporcionará la documentación y procedimientos necesarios para el uso del
Buzón.
Disposiciones para la operación del Buzón IMSS
Las personas particulares deben registrar sus medios de contacto (correo
electrónico y número de teléfono) en la página web del IMSS para operar el
Buzón IMSS. Estos medios deben ser validados en un plazo de 72 horas para
habilitar el acceso al sistema. Además, es necesario firmar electrónicamente
los ‘Términos y Condiciones’ del Buzón IMSS utilizando la e.firma.
Aquellos que ya tengan activado su Buzón IMSS bajo lineamientos previos no
necesitan volver a registrarse. Los usuarios deben mantener actualizados sus
medios de contacto para recibir notificaciones y realizar trámites, que se
regirán por el horario de la Zona Centro de México.
Si se presentan inconsistencias durante el proceso de habilitación, los
usuarios pueden solicitar orientación al IMSS. Estas disposiciones garantizan
un uso seguro y eficiente del Buzón IMSS.
Actuaciones a través del Buzón IMSS
Cada actuación realizada por particulares en el Buzón IMSS generará un acuse de
recibo electrónico, que servirá como prueba de la fecha y hora de recepción de
los documentos digitales. Estos acuses podrán ser consultados o impresos
durante 5 años. El IMSS conservará los documentos firmados electrónicamente
conforme a los plazos legales establecidos.
Las actuaciones pueden realizarse en cualquier momento del día, pero si se
hacen en un día inhábil, se considerarán recibidas al inicio del siguiente día
hábil. Es responsabilidad del usuario asegurar la corrección y completitud de
la información presentada. Las actuaciones a través del Buzón IMSS tendrán el
mismo valor legal que los documentos firmados de manera autógrafa.
Notificación electrónica a través del Buzón IMSS
El IMSS realizará notificaciones de actos y resoluciones administrativas a
través del Buzón IMSS, y los usuarios deben mantener actualizados sus medios de
contacto. Las notificaciones se harán en días y horas hábiles (de 09:30 a 18:00
horas, Zona Centro de México). Si se genera un acuse en un momento inhábil, la
notificación se considerará realizada al inicio del siguiente día hábil.
Los usuarios recibirán un aviso previo de notificación, que también estará
disponible en el Buzón IMSS. Tienen tres días hábiles para abrir los
documentos; si no lo hacen, la notificación se considerará realizada al cuarto
día hábil.
Si los usuarios no habilitan su Buzón IMSS o no mantienen actualizados sus
datos, el IMSS podrá notificar mediante estrados. Además, el IMSS se reserva el
derecho de realizar notificaciones personales utilizando e.firma, según lo
establecido en la Ley.
Aspectos de interés
El Instituto a través del Buzón IMSS informará a las personas particulares
sobre aspectos de interés en el apartado “Mis comunicados”. Asimismo, en el
apartado “Mis documentos” las personas particulares podrán consultar documentos
publicados por el Instituto para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales en materia de seguridad social.
Sanciones
El incumplimiento y el uso indebido del Buzón IMSS en las actuaciones o actos
administrativos electrónicos, será sancionado conforme a la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, el Código Penal Federal y demás
disposiciones jurídicas aplicables.
Vigencia
Las personas particulares tienen un plazo máximo de 180 días naturales desde el
6 de agosto de 2024, para habilitar el Buzón IMSS y firmar los ‘Términos y
Condiciones’ correspondientes.
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