¿Qué es una
deuda hereditaria?
Una deuda hereditaria se entiende como
aquella obligación que pasa a los
herederos legales de un fallecido. Es decir, es un compromiso adquirido
por una persona en vida, pero que por causa de su muerte, la responsabilidad de
cubrir la obligación se transfiere a los herederos contemplados en el testamento.
De manera específica, la mayor parte de Códigos
Civiles del país define que las
deudas hereditarias son las contraídas por el autor de la herencia
independientemente de su última disposición, y de las que es responsable con
sus bienes.
Para entender este punto, es importante
señalar que un heredero no sólo
recibe los bienes y derechos del difunto, sino también adquiere sus
obligaciones, entre ellas, el pago de las deudas, es decir, la herencia “es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y
obligaciones que no se extinguen por la muerte”.
No obstante, cabe señalar que las deudas hereditarias serán cubiertas con
los bienes que deje el fallecido y no irán al patrimonio del heredero.
¿Qué pasa
cuando alguien muere y tiene deudas?
En algunos casos,
las deudas pueden heredarse a los familiares. Además del dolor que
representa la pérdida de un familiar o ser querido, se deben revisar algunos
pendientes financieros que haya dejado abiertos y actuar en consecuencia.
Si bien en la
mayoría de los casos los créditos bancarios y otro tipo de préstamos desaparecen
ante la muerte del titular de la deuda, existen condiciones
específicas donde sus parientes deberán continuar con el pago de sus
compromisos contraídos en vida.
¿Qué pasa
con las deudas de un fallecido en México?
De acuerdo con
la Condusef, la legislación en nuestro país establece que ninguna persona tiene
la obligación legal de saldar las deudas de la persona fallecida, al menos que sea
el cónyuge de la persona fallecida o se encuentre nombrada
directamente como albacea por el titular de la cuenta.
En tarjetas de
crédito e hipotecas, las deudas quedan condonadas automáticamente,
siempre y cuando no presente más de tres meses de falta de pago o si
se utilizan después del fallecimiento de quien las contrató.
Así, estos son los casos donde se hereda de
forma inmediata la deuda:
- Cuando en el contrato el familiar
aparece como deudor solidario (persona a la que se puede exigir legalmente
el pago o terminación de una deuda).
- Si funge el papel de aval.
- En caso de tarjetas de crédito, si tiene
más de tres meses de adeudo.
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¿Las deudas de tarjetas de crédito se heredan en México?
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Cuando se trata de deudas en tarjetas de crédito e hipotécas, quedan
condonadas automáticamente, siempre y cuando no presente más de tres meses de
falta de pago o si se utilizan después del fallecimiento.
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La mayoría del tiempo, lo que menos pensamos en una situación así es
notificar a bancos y acreedores que ha fallecido el titular de una tarjeta de
crédito, por lo que es necesario que se realice, por un familiar cercano, el
cierre de cuentas de todo tipo.
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En caso de no llevar a cabo el simple proceso de cerrar las cuentas, se
puede caer en mora, generar intereses y aparecerán los despachos de cobranza.
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Hay que tener cuidado cuando se trata de tarjetas departamentales, de
acuerdo con PROFECO,
hay que leer las cláusulas firmadas por el titular para conocer si hay un
posible proceso para cancelar la cuenta, de lo contrario deberán ser liquidadas
para no generar ningún tipo de interés y recargo.
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¿Qué pasa cuando me heredan una deuda de tarjeta de crédito?
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Es importante señalar que, en términos generales, no se heredan las deudas de tarjeta de
crédito. Y es que, hoy en día, este tipo de productos contemplan un
seguro de vida que cubre el saldo al momento de la muerte del titular de la
cuenta.
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No obstante, no en todos
los casos se puede aplicar este seguro y, entonces sí, se puede
heredar la deuda. Por ejemplo, un
seguro de vida en tarjeta de crédito no aplicaría en caso de tener
un retraso de más de tres meses en el cumplimiento de los pagos. También, la
póliza no cubriría la deuda en caso que los familiares realicen operaciones con
el plástico o tarjetas asociadas después del fallecimiento del titular.
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En caso de fallecimiento del titular de una tarjeta de crédito, lo recomendable es dar parte lo antes posible
a la institución de crédito. Esto permitirá aplicar el seguro y cerrar
la deuda; o, en su caso, conocer si no se cumplen con los requisitos para
aplicar la póliza y llegar a un acuerdo para negociar el pago del saldo
restante.
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Por ejemplo, BBVA
recomienda que los familiares de personas fallecidas tengan comunicación
expedita con el banco. Y es que, señaló, suele suceder que los deudos
dan parte al banco sobre el deceso de una persona hasta que la institución
marca para exigir cubrir los pagos que se han dejado de hacer.
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En el caso de tarjetas de crédito, esta institución hace especial
énfasis en estar atentos para notificar el fallecimiento, sobre todo antes que se realicen posibles
cargos recurrentes que se tengan en la tarjeta.
¿Qué pasa cuando me heredan una deuda de crédito
hipotecario?
Caso similar al de la tarjeta de crédito, es el de la hipoteca. Y es
que, hoy en día, la gran mayoría de los bancos establecen como requisito contar con un seguro de vida al
momento de solicitar un crédito para comprar una vivienda. Por
ello, en caso de morir el titular de una hipoteca, el seguro se activa y la
deuda se elimina.
Lo importante en el caso que el titular del financiamiento fallezca es
dar aviso oportuno a la institución que generó el crédito. Esto para evitar
problemas y dar por terminado el financiamiento.
Cabe señalar que algunos bancos ofrecen el seguro de vida gratis.
¿Qué
pasa cuando me heredan una deuda de crédito automotriz?
Al ser un crédito de largo plazo, los financiamientos para adquirir
automóviles están cubiertos con seguros de vida, por lo que en caso de que el
titular muera, la póliza entra en acción y cubre el saldo restante de la
deuda.
Sin embargo, si te encuentras en una situación donde has heredado una
deuda de crédito automotriz, el paso fundamental es ponerse en contacto con la
institución que originó el financiamiento. Esta acción permitirá conocer el
estatus real del crédito, ya sea que cuente con un seguro de vida y no se tenga
que pagar nada; o, establecer un negociación para poder continuar con el pago
de la deuda.
En ese caso, existen alternativas como las reparadoras de crédito, que
pueden ser un gran auxilio por si no cuentas con los recursos para hacer frente
a la obligación.
¿Qué
dice la Condusef de las deudas hereditarias?
La Condusef.gob.mx asegura que no todas las deudas son
hereditarias. De acuerdo con el organismo, la gran mayoría de
los créditos adquiridos se liquidan con un seguro de vida en caso de la muerte
del titular. Aunque, subrayó, existen algunos casos en los que los familiares sí deben hacerse cargo de
los compromisos.
Al respecto, por ejemplo, la Condusef cita el caso de las tarjetas de
crédito. El organismo explicó que si bien este tipo de productos cuentan con
seguros de vida, hay algunos elementos que podrían impedir que se aplique la
póliza.
“En el caso de las tarjetas de crédito no es válido (el seguro) si se
tiene más de tres meses de atraso, o si haces uso de ella días posteriores al
fallecimiento”.
¿Cuándo
soy responsable de pagar una deuda de un fallecido?
De acuerdo con la Condusef, una persona debe pagar la deuda de una
persona fallecida cuando:
- Haya firmado un documento y quedado como obligado solidario, coacreditado o aval.
- Si es el cónyuge de la persona fallecida.
- Sea designado como albacea, es decir, elegida en un testamento para administrar los bienes del
fallecido y cubrir sus compromisos.
- De no existir un testamento de por medio, un tribunal puede nombrar a un
administrador, quien será encargado de saldar las deudas
del fallecido.
Si en algún momento se firmó algún documento
aceptando ser el aval o albacea para la contratación
de un crédito, ya sea para un familiar o incluso un amigo, si el responsable
del producto contratado falleció, inmediatamente se hereda el pago del
compromiso financiero.
Ante un escenario de este tipo, sabemos que es complicado hablar del
tema, pero en vida se
debe dejar muy en claro las condiciones para firmar una responsabilidad de este
tipo, además de conocer los detalles del banco, tipo de cuenta,
contratos, tarjetas, pólizas y toda la documentación que acredite las
condiciones en que una persona contrató una deuda con una institución
financiera.
¿Cuándo no
debo pagar una deuda?
Un familiar no deberá pagar la deuda de una
persona fallecida cuando:
- El finado
cuente con un seguro de vida que cubra el saldo
pendiente de la deuda.
- En caso de herederos, cuando se rechace
recibir los derechos y obligaciones. Incluso, hay posibilidad de usar
parte de los bienes heredados para cubrir la deuda y evitar desembolsar
recursos propios para saldar lo pendiente.
¿Qué hacer
en caso de heredar una deuda y no tener dinero para pagar?
Se debe acudir
inmediatamente con la institución financiera y exponer la situación. Es muy
importante dejar en claro que no se cuenta con los recursos para
afrontar este pendiente con lo que no se debe ser omiso y pensar que al
tratarse de la deuda de un fallecido, no tendrá repercusiones al paso del
tiempo.
En primer lugar, es muy probable que un despacho de cobranza empiece a contactarnos y nos
recuerde que se debe pagar el atraso, además que en un breve lapso
la calificación en el Buró de Crédito comenzará a deteriorarse y en
consecuencia no se podrá solicitar un crédito a una institución financiera.
Hay que recordar
que un adeudo pequeño puede convertirse en una bola de nieve si no se atiende
en los primeros días y generar severos problemas en las finanzas personales al
descuidar otro tipo de gastos como alimentación, vivienda, educación, por
mencionar los básicos.
Pero hay excepciones, es obligatorio pagar
deudas cuando…
1. Cuando en el
contrato aparecemos como deudores solidarios.
2. Si somos
avales.
3. La tarjeta
tiene más de tres meses de adeudo o falta de pago.
4. Eres albacea
(la persona nombrada legalmente como responsable de la deuda.)
Lo que debes
tomar en cuenta…
- Si es requisito elegir a un aval,
debes asegurarte de consultar antes a la persona.
- CONDUSEF sugiere que siempre debe haber
alguien de confianza informado sobre dónde están los documentos necesarios
para cancelar cuentas, pólizas de seguro y documentos personales, ya que
al momento de cancelar las cuentas se debe presentar: acta de defunción,
identificación de la persona fallecida, comprobante de domicilio. Puede
consultarse el proceso completo por vía telefónica llamando al banco
correspondiente.
- Si tú heredas una deuda, lo más
recomendable es conseguir amparo legal y decidir aceptar la herencia a
beneficio de inventario, por este medio se evita que las deudas afecten tú
patrimonio, quitando de por medio la responsabilidad por las obligaciones
del fallecido, pero es sumamente necesario hacerlo de manera legal, es
decir con la asistencia de un abogado.
- Como lo mencionamos en un inicio, las
cuentas que no tienen ningún retraso se pueden cancelar sin problemas, en
caso de existir retrasos o faltas de pago, la deuda puede quedar como
responsabilidad de la pareja o hijos, aún cuando se notifique el
fallecimiento.
- Recuerda que si no cuentas con
información sobre las cuentas bancarias de la persona fallecida, puedes
presentar una solicitud ante la CONDUSEF para que especifiquen en qué
bancos existe alguna cuenta de débito o crédito a nombre de la persona en
cuestión.
¿Puedo
heredar deudas?
En caso de
fallecimiento de un familiar, las posibilidades de que el pago de sus préstamos
pendientes se traspasen a sus seres queridos son bajas, pero no se
descartan. Si se presenta de forma repentina la muerte de un ser cercano, te
recomendamos estar al pendiente de su situación financiera, a fin de evitar
sorpresas que compliquen tus ingresos.
En términos
generales, se entiende que una deuda hereditaria es una obligación que pasa a
los herederos directos del titular del crédito al momento de su muerte. En la
mayoría de los casos, esto ocurre cuando hay un testamento que los vincula
directamente para el pago del compromiso financiero.
La herencia debe entenderse como “la sucesión
en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no
se extinguen por la muerte”.
¿Qué deudas
se heredan?
No existen datos
sobre el monto de deudas que se heredan en México; sin embargo, para una
familia que no está preparada financieramente hablando para afrontar una
situación de este tipo, puede convertirse en un evento traumático. De
acuerdo con la legislación mexicana, en el caso de deudas en tarjetas de
crédito e hipotecas, si fallece el titular, en automático se condonan los
adeudos, siempre y cuando no presente más de tres meses de falta de pago o si
se utilizan después del fallecimiento.
En un evento tan
doloroso como la muerte de un ser querido, en la mayoría de las ocasiones los
deudos no tienen cabeza para reflexionar sobre las deudas; sin embargo,
es importante que notifique al banco y a sus acreedores de la situación, para
detener los adeudos pendientes y caer en impago y acumular intereses moratorios
que afectarán la economía de la familia, además de que será incómodo enfrentar
a los despachos de cobranza.
En el caso de
tarjetas departamentales, se debe tener en cuenta las cláusulas del
contrato. De acuerdo con la Profeco.gob.mx esto
servirá para conocer en detalle los términos en que se adquirió el crédito y
ver la posibilidad de cancelar el crédito pendiente a causa de la muerte del
familiar.
¿Qué deudas
no se heredan?
En términos
generales, no se heredan las deudas debido a que la mayoría de los contratos de
créditos sugieren al cliente contratar un seguro de vida, particularmente
en financiamientos de largo plazo como créditos hipotecarios o incluso en
crédito automotriz. En ese sentido ,de tarjeta de crédito. Sin embargo, se debe
tener en cuenta que puede haber excepciones. Por ejemplo, un seguro de vida en
tarjeta de crédito no aplicaría en caso de tener un retraso de más de tres
meses en el cumplimiento de los pagos. También, la póliza no cubriría la deuda
en caso que los familiares realicen operaciones con el plástico o tarjetas
asociadas después del fallecimiento del titular.
¿Antes,
quienes heredaban las deudas?
La posibilidad de
que una persona pudiera contraer una deuda al momento del fallecimiento de una
deuda siempre ha estado vinculada a la forma en que el titular del crédito
estipuló en el contrato si dejaba algún aval o algún familiar como responsable del pago de
sus compromisos financieros. En ese sentido, es muy importante que conozcas si
en algún documento se te adjudicó como heredero de una deuda o el pago de algún
producto financiero, con el objetivo de evitar sorpresas que puedan impactar tu
presupuesto familiar o personal.
¿Cómo evito
que se hereden mis deudas?
Si
bien se trata de un tema complicado, siempre se debe de hablar con claridad con
la familia y los seres queridos los términos en que se adquiere una deuda. Para
evitar dolores de cabeza después de que se presente una muerte, se pueden
seguir algunas recomendaciones básicas para no heredar problemas financieros:
- Contrata seguros en todos tus créditos,
principalmente en los de largo plazo.
- Evita estipular avales o albaceas. Si el
crédito lo requiere, debes ser muy claro con tu familiar o persona a quien
le solicitarás el compromiso, ya que se trata de una responsabilidad muy
grande en caso de fallecimiento del titular de la cuenta.
- Habla claramente con tu familia sobre
todos los créditos que tengas contratados, sin ocultar nada. Entrega una
copia de los contratos y sé claro sobre herederos, beneficiarios y todas
las responsabilidades que podrían adquirir tus seres queridos en caso de
una muerte.
¿Qué debo
hacer si el pago está domiciliado y se sigue pagando la deuda de un
fallecido?
Lo importante luego del fallecimiento de una
persona es ponerse en contacto con
la institución originadora del crédito. Esto permitirá conocer si, por
ejemplo, en su tarjeta de crédito habías pagos domiciliados, o qué otros
productos financieros tenía contratados.
En el caso específico de cargos domiciliados,
también resulta importante notificar al comercio con el que se tiene la
obligación. Esto para que esté enterado del hecho y pueda desvincular la
tarjeta.
Tras la pérdida de un familiar lo último que
se piensa es en las obligaciones
que adquirió en vida. Sin embargo, es un elemento que no se debe dejar
pasar, sobre todo para actuar a tiempo y evitar problemas que crezcan.
No olvides que, por ejemplo, productos como
tarjetas departamentales no cuentan en muchas ocasiones con seguros de vida,
por lo que en caso de fallecimiento, la deuda se mantiene. En este punto es
necesario dar parte, pues este tipo de productos pueden seguir generando intereses.
¿Cómo cancelar la tarjeta de crédito de un titular
fallecido?
El procedimiento para cancelar la tarjeta de crédito de un titular
fallecido puede variar de acuerdo con la institución. Lo recomendable en este caso es
ponerse en contacto con el banco para conocer a detalles
los documentos y el procedimiento a seguir para cancelar el producto.
Sin embargo, no pierdas de vista que para dar cauce a la solicitud, la
institución podrá solicitar documentos como el acta de defunción.
¿Cómo
cancelar el crédito hipotecario fallecido?
Para cancelar el crédito hipotecario de una persona que falleció, el
primer paso es comunicarse con la institución que generó el financiamiento. El banco u organismo en cuestión
indicará el procedimiento a seguir para dar por terminado el financiamiento.
Cabe recordar que, hoy en día, es difícil que un crédito hipotecario se
entregue sin seguro de vida. Por lo que, en caso de fallecimiento, lo único que
se tiene que hacer es notificar sobre el hecho para que se pueda actuar en
consecuencia y cerrar el crédito.
¿Cómo
cancelar el crédito automotriz de un fallecido?
En el caso del crédito automotriz, cada institución contempla un
procedimiento particular para llevar a cabo el trámite. Lo importante es ponerse en
contacto con la institución otorgante para saber la documentación y trámites a
realizar.
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