FORMATO DEMANDA LABORAL NUEVO SISTEMA

 

 Xxxxxxx

  Vs

xxxxxxx

 

 

H. JUEZ LOCAL EN MATERIA LABORAL EN LA CIUDAD DE MEXICO EN TURNO


 

C. _________, mexicana, mayor de edad, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, así como toda clase de documentos el ubicado en:_________________, Con correo electrónico para recibir notificaciones: -----------, número de teléfono y whatsapp: ______ designando como mis apoderados legales a los LICENCIADOS ----------, CON CÉDULA PROFESIONAL xxxxxx,  expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;  a  quienes  les  otorgo poder amplio cumplido y bastante,

 conforme a  lo  señalado por los artículos 692, fracción I y  II, así como  696, ambos de la Ley Federal del Trabajo, para que me representen en  el juicio en el que se actúa, con las facultades que se mencionan en la carta poder anexa al presente escrito firmada por la que suscribe.

 Por lo que respetuosamente comparezco para exponer:

 

 

 

 La suscrita agoto la instancia  conciliatoria de acuerdo al Artículo 684-E, Fracción X, adjuntado al presente escrito, la  constancia de no conciliación que se exhibe bajo protesta de decir verdad, la cual fueron firmadas por EL FUNCIONARIO CONCILIADOR EL LICENCIADO _____, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.


Una vez manifestado lo anterior, por medio del presente escrito, vengo a demandar a: ________ con domicilio en ____________ a los cuales se les reclaman las siguientes:

 

Prestaciones:

 

a)     Por el pago de la cantidad de $19,199.99 pesos moneda nacional (diecinueve mil, ciento noventa y  nueve pesos      moneda      nacional      99/100),      por      concepto      de Indemnización Constitucional, a razón de tres meses de salario, de conformidad con lo dispuesto por la fracción XXII, del apartado A,  del  artículo 123,  de la  Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos, tomando como base para su pago, la cantidad de $213.33 pesos moneda nacional (dos cientos trece pesos 33/100) correspondiente a salario diario.


b)    El pago de la cantidad de $3,526.48 pesos moneda nacional (tres mil quinientos veintiséis pesos moneda nacional 48/100), por  concepto  de  Prima  de  Antigüedad  de forma proporcional, a razón de un año y cinco meses laborados, debo precisar que inicié a laborar el día 14 de septiembre del  2021  y  despedida  injustificadamente  el día 08 de febrero del 2023, tomando como base para su pago, el salario mínimo para la zona sur, equivalente a la cantidad de $207.44 pesos moneda nacional (Doscientos siete pesos  moneda  nacional  44/100),  considerando  que  mi  salario cuota diaria es de $213.33 pesos moneda nacional (dos cientos   trece  pesos   33/100),   atento   a  lo   dispuesto   por   los artículos 162 de la Ley Federal del Trabajo.

 

c)     El pago de la cantidad de $12,800.00 pesos moneda nacional (doce mil ochocientos pesos moneda nacional00/100),   po conceptde  cuatro  quincenas que  no  me fueron cubiertas por los demandados, del periodo del 15 de junio de 2022 al 15  de agosto de  2022.  Tal y como consta en los estados de cuenta del BanCoppel. De conformidad con lo dispuesto por los numerales 82 y 106 de la Ley Federal del Trabajo.

 

d)    Por el pago de la cantidad de $1,706.64 pesos moneda nacional  (mil setecientos  seis  pesos  64/100),  por  concepto  de 8 días de  salario trabajados y que no fueron cubiertos por los demandados, del periodo del 01 de febrero al 08 de febrero de 2023. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 82 y 106 de la Ley Federal del Trabajo.

 

e)     Por el pago de la cantidad de $2561.28 pesos moneda nacional  (dos  mil  quinientos  sesenta  y  un  peso  28/100),  por concepto de Vacaciones correspondientes a un año de servicios, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 79


de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando como base para su pago, el salario cuota diaria de $213.33 pesos moneda nacional (dos cientos trece pesos 33/100.

 

f)  Por el pago de la cantidad de $640.32 pesos moneda nacional (seiscientos cuarenta pesos moneda nacional 32/100), por concepto  de  Prima  Vacacional de la prestación que antecede, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando como base para su pago, el salario cuota diaria indicado en el inciso c).

 

g)     Por el pago de la cantidad de $3199.95 pesos moneda nacional (tres mil ciento noventa y nueve pesos moneda nacional 95/100), por  concepto de  Aguinaldo  de  un  año  del periodo enero a diciembre del año 2022, servicios que preste en la empresa, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 87 de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando  como base para su pago, el salario  cuota  diaria  indicado  en  el inciso c).

 

h)    El pago de la cantidad de $7,039.89 pesos moneda nacional (siete mil treinta y nueve pesos moneda nacional 89/100),    por    concepto    de    132    horas    extraordinarias dobles, las cuales fueron laboradas y no cubiertas por el periodo comprendido del 14  de  septiembre de  2021  al 31 de diciembre de 2021, lo anterior conforme a lo dispuesto por el Artículo 66 y 67 de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando como base para su pago, el salario ordinario de

$213.33 pesos moneda nacional (dos cientos trece pesos moneda nacional 33/100).

 

i)     El pago de la cantidad de $19,199.70 pesos moneda nacional (diecinueve mil ciento noventa y nueve pesos moneda nacional      70/100),      por      concepto      de      360      horas extraordinarias dobles, las cuales fueron laboradas y no


cubiertas por el periodo comprendido del 03 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022, lo anterior conforme a lo dispuesto por el Artículo 66 y 67 de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando como base para su pago, el salario ordinario de $213.33 pesos moneda nacional (dos cientos trece pesos moneda nacional 33/100).

 

j)     El pago de la cantidad de $2,719.95 pesos moneda nacional (dos mil setecientos diecinueve pesos moneda nacional 95/100),    por    concepto    de    51    horas    extraordinarias

dobles, las cuales fueron laboradas y no cubiertas por el periodo comprendido del 02 de enero de 2023 al 08 de febrero de 2023, lo anterior conforme a lo dispuesto por el Artículo 66 y 67 de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando como base para su pago, el salario ordinario de $213.33 pesos moneda nacional (dos cientos trece pesos moneda nacional 33/100).

 

k)   El pago de la cantidad de $2719.95 pesos moneda nacional (dos mil setecientos diecinueve pesos moneda nacional 95/100),     por     concepto     de     12     días     de     descansos obligatorios, los cuales fueron laborados y no cubiertos en los siguientes periodos comprendidos (Del año 2021, 16 de septiembre, 20 de noviembre y 25 de diciembre), (Del año 2022, 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1  de mayo, 16 de septiembre, 20 de noviembre y 25 de diciembre) y (Del año 2023, 1 de enero y 5 de febrero.) Lo anterior conforme a lo dispuesto por los artículos 73 y 74 de la Ley Federal del Trabajo. Utilizando como base para su pago, el salario ordinario de $213.33 pesos moneda nacional (doscientos trece pesos moneda nacional 33/100).

 

l)   Por el  pago  de  los  salarios  caídos  y  vencidos  que  se causen a partir del día 08 de febrero de 2023, fecha en la que fui despedida injustificadamente y hasta la fecha en que se total y debido cumplimiento a la sentencia que recaiga al presente juicio, sirviendo como base  para  el  pago,  el salario diario de $213.33 pesos moneda nacional,  o  en  su caso, hasta el máximo establecido por el Artículo 48, segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo.

 

    m) Por el pago de los intereses que en su caso se generen, a razón del dos por ciento mensual, capitalizable a la fecha del pago, sobre el importe de quince meses  de salario, en caso de que el juicio se prolongue por más de un año, en términos del Artículo 48, tercer párrafo de la Ley Federal del Trabajo.       

 

 

           n) Solicito a este Honorable Tribunal Laboral que, vía SENTENCIA DEFINITIVA,  Condene a los ahora demandados a la inscripción retroactiva de la suscrita desde la fecha que inicio la relación obrero patronal entre el firmante y los ahora demandados, así como al pago de las cuotas correspondientes, en términos de la ley del Seguro Social vigente, en virtud desde que inicio la relación obrero patronal entre la suscrita y los ahora demandados, los mismos omitieron inscribirme ante el Instituto Mexicano  del Seguro Social.

 

 

          o) La nulidad de cualquier documento que contenga renuncia     de mis derechos adquiridos y que los demandados pretendan hacer valer con el fin de eludir las acciones ejercitadas en este escrito y que contravengan con el principio de estabilidad en el empleo, el cual es el principio fundamental que se consagra en el artículo 123 constitucional y su ley reglamentaria, consecuentemente, cualquier documento que afecte las acciones mencionadas y ejercitadas en esta demanda es nulo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo, en relación con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 17,  18, 48, 55 y relativos de la ley en cita.


          p) Las demás prestaciones que no se hubiera reclamado en la presente demanda, solicitando a ese Tribunal para el caso de que la demanda que nos ocupa resultara, vaga, obscura e imprecisa, se sirva suplir dichas deficiencias en términos de lo que dispone el artículo 685 de la Ley Federal de Trabajo, o en sus defectos requerir al actor para suplir las deficiencias encontradas en la presente demanda.

 

Fundando     demanda  en   los   siguientes  hechos  y consideraciones de derecho que paso a exponer:

 

Hechos:

 

I.- Ingresé a prestar mis servicios personales subordinados, mediante el pago de un salario, sin firmar un contrato de trabajo, pero de forma tácita, a favor de la empresa xxxxxxx, el día 14 de septiembre de 2021, para desempeñar el puesto de Intendente (personal de limpieza), Con un horario de entrada de 07:00 hrs. y con horario de salida de 16:00 hrs. y con un salario quincenal de $3,200.00 pesos moneda nacional (tres mil    doscientos  pesos  moneda  nacional  00/100),  La  empresa se dedica a el ramo de Seguridad Privada, y  brindar  trabajos de limpieza en Instituciones Publicas Escuelas de nivel Medio Superior (CBTIS 213). Dicha empresa tiene su domicilio en Siendo contratada por      la Contadora xxxxxxxxx, quien  funge  como administradora, En el momento de mi contratación me dijo que me darían de alta inmediatamente en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sin embargo esto nunca sucedió a pesar que el tiempo que duro la relación laboral, les solicitaba a la mencionada y al dueño de la empresa el C. xxxxxxxxxxx  de forma reiterada que me inscribieran ya que es mi derecho a disfrutar de la Seguridad Social. Posteriormente fui despedida de forma injustificada.

 

II.- Las funciones que desempeñaba consistían en limpieza de los pisos, aulas, escaleras, limpieza de vidrios, baños, sala de los maestros, laboratorios, limpiar las jardineras, pintar las aulas y limpiar bien las oficinas de la SNTE. Todas mis actividades subordinadas las realizaba en el CBTIS 213 con dirección ampliamente conocida de la ciudad de ------, Veracruz. Ya que mis patrones tienen contrato con ellos. Una ocasión al realizar mis actividades laborales, me lastime la pierna izquierda, se lo comunique de inmediato a mis jefes directos para solicitarle mi seguro médico, a los CC. xxxx wwww y  xxxx wwww, me dijeron que no era su problema, y que además les estaba dando mucha lata. Que mejor me fuera a descansar y que ellos no me darían ni para las medicinas. Me mandaron a descansar sin goce de sueldo durante dos meses y sin servicio médico, por mi propia cuenta tuve que conseguir dinero prestado para pagar mis gastos médicos y todas las medicinas que me recetaron. El día que fui suspendida de mis actividades laborales y  mandada  a  descansar  “sin  goce  de  sueldo” con fecha de 15 de junio  de  2022  al  15  de  agosto  del 2022. Al cumplirse la fecha mencionada, la Contadora de la empresa xxxx wwww, me marco por celular para decirme que me presentara a laborar al día siguiente 16 de agosto de 2022. Todas mis actividades eran a su vez supervisadas por mis jefes directos, los CC. xxxx www y xxx wwww, quienes además son socios y dueños de la moral .; por lo que durante la relación de trabajo y por la naturaleza de las funciones que desempeñan los recién mencionados, les constan de manera directa las funciones, jornada y horario de trabajo que realizaba, así como todos y cada  uno  de  los hechos de esta demanda.

 

III.- La jornada para la que fui contratada era una jornada diurna, en donde laboraba de lunes a sábado, con un horario de las 07:00 a las 16:00 horas, con una hora para reposar y consumir alimentos, la cual se otorgaba de las 12:00 a las 13:00 horas; descansaba los días domingo de cada semana, sin embargo, desde que inicie a prestar a mis servicios subordinados, la CONTADORA xxxxxx, me ordeno que todos los trabajadores se tenían que quedar tres días a la semana hasta las 19:00 hrs. (lunes, miércoles, viernes), es decir, mi jornada ordinaria de mis labores era de lunes a sábado, de las 07:00 horas  a  las 16:00 horas. Pero a partir de las 16:00 horas, iniciaba a laborar jornada extraordinaria que concluía a las 19:00 horas, es decir, tres veces a la semana laboraba 3 horas extras. Consecuentemente tenemos que laboré un total de 9 horas extras por semana, en los siguientes periodo el primero del  14 de septiembre de 2021  al  31 de diciembre de 2021, resultando en un total de 132 horas extras laboradas  y  no  cubiertas;el segundo del  03  de  enero  de 2022 al  31 de diciembre de 2022, resultando en un total de

360 horas extras laboradas (tomando en consideración que durante  2  meses  fui  castigada  sin  goce  de  sueldo)  y  no cubiertas;el tercer

del  02  de  enero  de  2023  al   08  de febrero de 2023, resultando en un total de 51 horas extras laboradas y no  cubiertas las cuales debieron ser pagadas con un salario doble, sin embargo, no se me cubrió dicho tiempo extraordinario; motivo por el cual, se hace el reclamo respectivo en el capítulo de prestaciones de la presente demanda, conforme a lo previsto por el Artículo 67 de la Ley Federal del Trabajo.


La empresa demandada no cuenta con sistema de registro para la asistencia a la fuente de trabajo de entrada y de salida, lo cual hace evidente que se trata de una forma manipulable por la patronal.

 

IV.- Percibiendo a la fecha de mi despido un salario cuota diaria equivalente a $213.33 pesos moneda  nacional (dos  cientos  trece  pesos  moneda  nacional  33/100).  El  salario me era cubierto mediante pago de nómina a mi cuenta bancaria  en     el               banco         ---------,            con número       de cuenta 00000000 y con cuenta clave ---------. Dicho pago, se realizaba los días 15 y 30 de cada mes, generalmente al medio día; excepto cuando los meses que traen 31 días hasta ese día me hacia la transferencia la Contadora  XXXXX  destacar que no firmaba recibos de nómina, y tampoco me enviaban por correo

    electrónico un CFDI.

 

V.- Tomando  en  cuenta  dicho  salario  cuota  diaria  de

$213.33 pesos moneda nacional (dos cientos trece pesos moneda  nacional  33/100),  mismo  que  sirve  de  base  para  el pago de las horas extras reclamadas.

 

VI.- Ahora bien, la suscrita siempre desempeñé mi trabajo con el cuidado, intensidad y esmero apropiados, en el lugar y forma convenida con la patronal.

Sin embargo, el día 08 de febrero de 2023,  a las 9:50 minutos aproximadamente me marco la Contadora xxxxx,     para    decirme que yo    era  una persona muy conflictiva, y que ya no me presentara a mi centro de trabajo al día siguiente, que se  habían dado cuenta que los 2 meses que me habían mandado a descansar   no   habían   sido   suficiente   para   que   yo


entendiera, que ahí  se  hacía  lo  que  ellos  ordenaban, ella y

el C.  xxxx. Le  dije que me  liquidaran y me respondió que ellos no pagan liquidación a nadie y que hiciera lo que me diera la gana. Al siguiente día me presente a mi centro de trabajo (CBTIS 213) y el personal de vigilancia que pertenece a la demandada --------------------, no me permitieron el acceso, que eran órdenes de mis jefes directos y dueños de la demandada.

 

Despidiéndome en ese momento de manera injustificada la LA CONTADORA LIC. xxxxx  sin motivo aparente. Cabe mencionar que días posteriores acudí a las oficinas de SEGURIDAD-----, para preguntar acerca del pago de mi liquidación y solo hubo negativa de  parte  de mis  patrones y en ningún momento me fue entregado aviso de recisión o documento alguno donde se me informara y explicara las razones por las cuales se me había despedido.

 

VII.- En virtud de lo anterior, es que vengo a presentar formal demanda, por el pago de todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones señaladas en el capítulo correspondiente, conforme a los hechos y fundamentos de derecho expresados a lo largo de la misma. Solicitando a su señoría, que, en el  presente  asunto,  juzgue  con  perspectiva de género, lo cual implica reconocer la realidad  sociocultural en que la que se desenvuelve la suscrita, lo que exige  una mayor protección del Estado con el propósito de lograr una garantía real y efectiva de mis derechos.

 

CONSTANCIA DE ACUDIR A LA ETAPA CONCILIATORIA


Bajo protesta de decir verdad, me  permito  señalar  a este H. Tribunal que con fecha 16 de febrero de 2023, la trabajadora acudió al Centro de Conciliación  Laboral  -----------, a efecto de  intentar llegar a un acuerdo derivado de la violación de los derechos laborales que considero me fueron afectados. Dicho Centro le señaló Como fecha de primer Audiencia de Conciliación Prejudicial para el día 27 de febrero de 2023, en la cual NO compareció las hoy demandada, sin que se haya llegado a ningún acuerdo. De ahi el Centro local de Conciliación emitio una segunda cita con apercibimiento para la empresa y personas fisicas, y con fecha de 21 de marzo, sin embargo la persona Moral citada y las dos personas fisicas no se presentaron. Por lo que en dicha fecha se me expidió las tres


Constancias de no Conciliación,con número de identificación único -----------------, las cuales exhibo Como (Anexo1) por lo que en términos del artículo 521 Fracción III de la Ley Federal del Trabajo dicho periodo no deberá ser computado para la prescripción correspondiente. En ese orden de ideas, al haber agotado la Conciliación Prejudicial obligatoria por medio del presente escrito, vengo en tiempo a entablar formal demanda en contra de la persona moral ----------. EN EL DOMICILIO UBICADO EN---------------.

 

Derecho:

 

Es   competente  ese  H.   Tribunal   para   conocer  del presente caso, de acuerdo con lo estipulado por los artículos



698, 700 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.

 

Son aplicables en cuanto al fondo del asunto, el artículo 1°, 17 y 123 apartado ¨A¨ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 18, 47, 48 y 784 de la Ley Federal del Trabajo Vigente y regula el procedimiento el TITULO CATORCE, CAPITULO XVIII Ley Federal del Trabajo Vigente.

 

Capítulo de Pruebas

 

1.- LA  CONFESIÓN  EXPRESA.  -  Consistente  en  todas y cada de las consideraciones de hecho y de derecho que la demandada llegue a realizar durante el proceso legal instaurado en su contra, lo que deberá tomarse en cuenta al momento de la valoración de la presente  probanza.  Prueba que en cuento beneficie a los intereses de la parte que representamos y que ofrecemos por estar relacionada  con todos y cada uno de los puntos de hechos de la demanda, prestaciones y que constituyen la Litis en el presente litigio laboral.

 

 

2.- CONFESIONAL, a cargo de la empresa ------------, por conducto de su representante o apoderado legal que acredite tener facultades expresas para absolver posiciones y al tenor de las posiciones que en forma oportuna le articularé. Quien deberá ser citado en su domicilio procesal, para comparecer a la audiencia de juicio, a desahogar  la presente prueba,  misma que se ofrece en los términos que dispone el artículo 786 de la Ley Federal del Trabajo, relacionándola y teniendo como objeto, acreditar todos y cada uno de los hechos de esta demanda.


3.- CONFESIONAL  SOBRE  HECHOS  PROPIOS,  a

cargo del C.  xxxxx , a quien se le atribuyen hechos en la

demanda, pero además, ejerce funciones de dirección y administración general para dicha moral y por lo tanto, tiene conocimiento de todos los hechos de la demanda por razón de las funciones que desempeña; al tenor de las posiciones que en forma oportuna le articularé, mismas que deberá absolver personalmente y no por conducto de apoderado alguno. Quien deberá de ser notificado en los términos del artículo 788 de la Ley Federal del Trabajo, para comparecer a la audiencia de juicio a desahogar la presente prueba, misma que  se  ofrece en los  términos  que disponen los artículos 787, 788 y 789 del mismo ordenamiento. La presente prueba se relaciona y tiene como objeto el acreditar los hechos I, II, III, IV, V y VI. De esta demanda, particularmente lo relacionado con la fecha de ingreso, jornada y horario de trabajo, así como el despido injustificado del que fui objeto.

 

4.-  CONFESIONAL  SOBRE  HECHOS  PROPIOS,  a

cargo de ---------- en su carácter de administradora y socia de la empresa demandada, a quien se le atribuyen hechos en la demanda, pero además, fue la persona que me despidió de forma injustificada Por lo tanto, tiene conocimiento de todos los hechos de la demanda por razón de las funciones que desempeña; al tenor de las posiciones que en  forma oportuna le articularé, mismas que  deberá  absolver  personalmente  y no por conducto de apoderado alguno. Quien deberá de ser notificado en los términos del artículo 788 de la Ley  Federal del Trabajo, para comparecer a la audiencia de juicio a desahogar  la  presente  prueba,  misma  que  se  ofrece  en  los


términos que disponen los artículos 787, 788 y 789 del mismo ordenamiento. La presente prueba se relaciona y tiene como objeto acreditar los hechos I, II, III, IV, V y VI. De esta demanda, particularmente lo relacionado con la fecha de ingreso, jornada y horario de trabajo, particularmente el día que fui separada de mi fuente de trabajo de manera Injustificada.

 

Ambos confesante señalados en los apartados 3 y 4 pueden ser notificados para efecto de su confesional en el mismo domicilio donde fue emplazada la empresa demandada y que es el ubicado en …………….

 

5.- DOCUMENTAL.- Consistente en la Constancia de vigencia de NO Derechohabiencia, con homoclave de tramite -----, con numero de CUPR---------------------------------------------------------

y a nombre de la suscrita. La presente prueba se ofrece en términos

de los artículos 796 y 797 de la Ley Federal del Trabajo, y se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la demanda; particularmente para acreditar que mis PATRONES nunca me dieron de alta en el Régimen Obligatorio del IMSS, que es un Derecho Humano consagrado en nuestra Carta Magna y los Tratados Internacionales que el Estado Mexicano ha firmado y ratificado.

Y para el caso de objeción en términos del artículo 836- C, señalo que dicho documento digital se encuentra en el Sistema de Semanas de Cotización del Instituto Mexicano del Seguro Social (SISEC), y puede ser consultado, localizado y verificado                 en        la                                       siguiente          liga https://digital.imss.gob.mx/derechohabiencia/tramite/solicitu dConstancia introduciendo  en   el   apartado  de   CURP  lo siguiente: --------, y proporcionando además un correo electrónico.

 

6.- DOCUMENTAL PRIVADA. - Consistente en 12 estados de cuenta (seis) del periodo comprendido de 18 de


marzo de 2022 al 17 de marzo de 2023. Expedidos por la Institución Bancaria BanCoppel, con número de sucursal 0143,

 a nombre de la suscrita, que se ofrece en relación con todos los apartados de la demanda y el capítulo de hechos y de las prestaciones.

 

I.           Estado de cuenta del periodo del 18 de marzo de 2022 al 17 de abril de 2022.

 

II.            Estado de cuenta del periodo  del  18  de  abril de 2022 al 17 de mayo de 2022.

 

III.            Estado de cuenta del periodo del 18 de mayo de 2022 al 17 de junio de 2022.

 

IV.           Estado de cuenta del periodo del 18 de junio de 2022 al 17 de julio de 2022.

 

V.           Estado de cuenta del periodo del 18 de julio de 2022 al 17 de agosto de 2022.

 

VI.            Estado de cuenta del periodo del 18 de agosto de 2022 al 17 de septiembre de 2022.

 

VII.             Estado de cuenta del periodo del 18 de septiembre de 2022 al 17 de octubre de 2022.

 

VIII.             Estado de cuenta del periodo del 18 de octubre de 2022 al 17 de noviembre de 2022.

 

IX.            Estado de cuenta del periodo del 18 de noviembre de 2022 al 17 de diciembre de 2022.

 

X.            Estado de cuenta del periodo del 18 de diciembre de 2022 al 17 de enero de 2023.


XI.            Estado de cuenta del periodo del 18 de enero de 2023 al 17 de febrero de 2023.

 

XII.            Estado de cuenta del periodo del 18 de febrero de 2023 al 17 de marzo de 2022.

 

Y para el caso de objeción de la presente prueba por parte de la demandada, desde este momento ofrezco la documental de informes, que deberá solicitarse por medio de este H.Tribunal Laboral,  a la Institución Bancaria BanCoppel, con dirección en -------------para que informe lo siguiente:

 

a)   Si en dicha institución se encuentra dada de alta como cuentahabiente la C.                   xxxxxx, quien cuenta con 

número de curp.----.

  

b)  Si la C.  xxxxx , tiene registrada con dicha institución bancaria la cuenta número xxxxxx, con clave interbancaria número xxx.

 

c)   Que dicha institución bancaria remita en caso de existir la cuenta bancaria antes descrita, los Estados de cuenta del periodo del 18 de  marzo  de  2022 al  17 de marzo de 2023.

 

7.- LA INSPECCIÓN OCULAR. –En términos del artículo 827 de la Ley de la materia, a cargo de las demandadas  --------- respecto  de  los  documentos  que  se  encuentra  obligado  a conservar y exhibir en Juicio en términos del artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo y que consisten en Contrato Individual   del   Trabajo,   Recibos   de   Pago   de   Salarios,Vacaciones, Prima Vacacional, Aguinaldos, PTU, Controles de Asistencia, Listas de Raya o Nomina, Aviso  de  Inscripción ante el IMSS, INFONAVIT y AFORE, Expedientes Personales respecto de todos y cada uno de sus trabajadores, los documentos consistentes en Expedientes Personales, Contratos Individuales de Trabajo, Avisos de Inscripción y Movimientos Afiliatorios ante el IMSS, Lista de Nomina de Personal de todo el Personal, Inspección que  se  ofrece  a efecto de acreditar que la  actora  desempeño  sus  servicios para dicha demandada, misma que se ofrece por el periodo comprendido por todo el tiempo que duro la relación de trabajo, es decir del 14 de septiembre de  2021  al  08  de febrero de 2023,  solicitando  se  aperciba  a  la  demandada que en caso de no exhibir los documentos base de inspección se le tenga por presuntivamente ciertos, los siguientes extremos:

 

a)  Que la actora ingresó a laborar el día 14 de septiembre del año 2021, para la empresa ----.

 

b) Que la actora tenía un horario de entrada y de salida señalado en el hecho uno romano.

 

c)   Que la actora percibía un salario diario base de $213.33 (dos  cientos  trece  pesos  M.N.  33/100).

 

d) Que las relaciones obrero-patronales, entre la actora y los demandados se terminaron de forma injustificada el día 08 de febrero del 2023, y percibiendo un salario quincenal de

$3,200.00 Pesos moneda nacional.

 

e)  Que la actora se desempeñaba para la empresa --------, Hasta la fecha que fue despedida de forma injustificada y con un salario semanal de $3,200. Pesos moneda nacional.

 

f)    Que la actora se desempeñaba para la empresa demandada hasta la  fecha que fue despedida de forma injustificada, en el puesto de INTENDENTE.

 

g)  Que la actora se vino desempeñando para la empresa ------. En un horario de labores comprendido de 07:00 de la mañana a las  16:00  horas de  la tarde  de  lunes a sábado.

8.- LA SUPERVENIENTE. - todas aquellas que resulten o de los que tenga conocimiento posteriormente a la presentación de la demanda y en un su caso al escrito de réplica.

 

9.-PRESUNCIONAL EN    SU    DOBLE   ASPECTOLEGAL Y HUMANO. - Que se deriven de las actuaciones del presente expediente, ofreciendo esta prueba en cuanto favorezca a mis intereses y se relaciona con todos y cada uno de los hechos de esta demanda.

 

10.-      INSTRUMENTAL      DE      ACTUACIONES. Consistente en todo lo actuado en el presente juicio y que se siga actuando hasta la total terminación de este, en cuanto favorezca a mis intereses y se relaciona con todos y  cada uno de los hechos de esta demanda.

 

 

Por lo expuesto y fundado a ese H. Tribunal Local Distrito de Coatzacoalcos, Veracruz, atentamente pido:


Primero. - Se me tenga por presentada demanda por el pago de  las prestaciones  e indemnizaciones  relacionadas en el capítulo correspondiente. Así como designando como mi apoderado legal al profesionista mencionado en  el  proemio de este escrito. 

 


Segundo. -Se admita la demanda, ordenándose se emplace a los demandados con la entrega de las  copias simples que se acompaña, apercibiéndole de tenerle por admitidas las peticiones de esta parte, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y en su caso a formular reconvención. 

 

Tercero. - Se me tenga por ofreciendo las pruebas que se indican, mismas que solicito sean admitidas en su totalidad, por no ser contrarias a la moral ni al derecho. 

 

Cuarto.- En su oportunidad se dicte sentencia condenando a los demandados al pago de todas y cada una de las prestaciones reclamadas.

 

 Quinto.- Previos los tramites de Ley, dictar la sentencia correspondiente.

 

  

Protesto lo necesario a 4 de ABRIL de 2023.

 

 


C.  xxxxx wwww


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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